Inversión en derivados de criptos – La CNMV aprueba a fondos y sicavs
junio 4, 2021Dentro de la crisis económica mundial debido a los efectos del covid-19, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) da apertura en los fondos de inversión española a las criptomonedas y a otras instituciones de colectiva inversión, como es el caso de las sicavs.
Por ello, la supervisión deberá permitir que estos activos se expongan con la utilización de algunos instrumentos financieros, estableciendo condiciones muy estrictas.
Glosario del contenido del artículo:
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Estos criterios han sido fijados, atendiendo a un legal vacío que existe con respecto a estos derivados. La CNMV asume la responsabilidad a través de la actualización documental de preguntas y respuestas, contentivas en las normativas que rigen algunas instituciones de colectiva inversión.
Dentro del proceso, manifiesta que todos aquellos instrumentos elegibles sobre criptomonedas, se reducirán solo a aquellos que tengan la disposición de una diaria negociación, acotando que el coste de mercado se inferirá a través de operaciones de compra-venta, que sean efectuadas por un tercero.
Asimismo, los fondos UCITS no podrán realizarse mediante implícitos derivados, como los ETC, ETN y los instrumentos llamados “Delta One”. De igual manera, en el caso de los CuasiUCITS, se excluye la inversión en derivados si su subyacente está conformado por criptomonedas.
Quedan también por fuera los apalancados, esto significa que el permiso se reducirá para fondos cotizados (ETF), para productos específicos cotizados y fondos de inversión expuestos en el universo financiero.
Sin embargo, los fondos libres de inversión tienen la posibilidad de alcanzar exposición a criptomonedas, si cuentan con un amplio abanico de derivados, debido a que estos fondos están reservados a profesionales inversores y no tienen limitaciones referentes al subyacente, siempre que su liquidación o vencimiento no involucre la transmisión de las criptomonedas.
El folleto y sus advertencias
Independientemente del caso que se trate, atendiendo el alto riesgo de volatilidad o cualquier implicación referida a cualquier elemento especulativo de la valoración, la CNMV ha ofrecido diversas advertencias, en el sentido de que todos los folletos de vehículos que quieran insertar criptos a su balance de inversión, deberán avisarlo.
Para ello, el supervisor señala la incorporación de una expresa mención relevante con respecto a esta exposición, incluyendo los riesgos que puedan conllevar.
En cuanto a esto, no habían surgido gestoras españolas que hubiesen ofrecido exposición con respecto a este modelo de activos, a pesar de que varias habían manifestado su deseo en fórmulas, expresando que su obtención respetaría los límites que permite la regulación española.
En razón a ello, las gestoras especializadas en dar solución a algunos inversores institucionales, han logrado comercializar específicos productos como ETC Group y Wisdom Tree.
También han surgido algunas advertencias, con respecto a los riesgos que se corren cuando se quieren obtener rentabilidades elevadas a través de inversiones denominadas como “llamativas o arriesgadas”, sobre todo, en época de crisis, donde las estafas se hacen presentes.
A pesar de la enorme subida de su coste, y de la actuación de algunos actores institucionales, muchas gestoras se niegan asumir el riesgo.
Por este motivo, algunos profesionales expertos en Economía Financiera, se han dado a la tarea de explicar el riesgo que representan las criptomonedas, ya que, según ellos, tienden a evaporarse en la cartera con otro tipo de activos, debido a que es mucho mejor una cartera que posea una proporción determinada de Bitcoin, frente a una directa inversión en la criptomoneda.
Los fondos de inversión y sicavs
Los fondos de inversión y sicavs logran su exposición a criptomonedas con la utilización de estrategias financieras, contando con una rentabilidad que esté vinculada a dichas monedas.
Por su parte, los gestores lograrán la adquisición de manera directa de criptoactivos, si son cotizadores de un mercado que tenga un buen volumen de actividad y donde se respete la transparencia.
Asimismo, se permite a su vez, la exposición indirecta, lo cual significa inversión en fondos o empresas que posean criptos como Ether y Bitcoin.
Todo esto contrae un espacio para algunas prohibiciones, acotando que es imposible invertir en un “implícito derivado financiero”, haciendo la salvedad de que este veto no tiene ninguna repercusión en todos aquellos fondos de libre inversión.
Sin embargo, de momento es importante señalar que las cripto no poseen la consideración para presentarse como un “subyancente apto”, de acuerdo a la interpretación que ha hecho la CNMV de la ley española.
Ya que esta exige a todas las firmas, extremar la mayoría de las advertencias a todos los partícipes, haciendo la salvedad de que la inversión en criptomonedas contrae altos riesgos.
Hace un tiempo, el sector bancario lanzó una alerta en cuanto a la ausencia de protección y regulación para el inversor dentro de la Unión Europea.
Estos se atrevieron a dar una visión legal, donde afirmaron que las criptomonedas no poseen la consideración de un pago medio, ya que no tienen en su haber un buen respaldo bancario o de otras autoridades públicas.
Además, no tienen cobertura por eficientes mecanismos de protección clientelar, como, por ejemplo, el Fondo de Garantía de Depósitos o el Fondo de Garantía de Inversores.
La alerta de los futuros por la SEC
La SEC viene siendo en, Estados Unidos, la equivalente a la CNMV, por eso cuenta con la potestad de poder emitir su opinión con respecto a los riesgos vinculados con la inversión en criptomonedas, ya sea esta de manera directa o a través de inversiones de fondo.
En este sentido, el regulador representado por Wall Street, manifiesta su temor por la utilización de derivados como los futuros que pesen sobre el Bitcoin, ya que considera que este es un explosivo subyacente muy volátil, al que se le añadirá un apalancamiento en el futuro.
Por ello, advierte a los inversores cuyo interés consista en fondo con exposición dentro del mercado de futuro de Bitcoin, que siempre tengan en consideración el riesgo de dicho producto, la posibilidad existente, midiendo su tolerancia ante el eventual riesgo, como puede ocurrir con cualquier inversión que genere pérdidas.
Sin perder de vista que los inversores deben tener presente que este tipo de inversión está contemplada como altamente especulativa.
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